2.257.293,00 €
Beneficiarios:
a) Empresas, a título individual, para la formación de sus trabajadores vinculados mediante una relación laboral, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate, que podrán ser de titularidad de personas físicas sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y otras formas jurídicas admitidas en derecho.
b) Agrupaciones de empresas, consorcios, organismos y entidades sectoriales, de cualquier dimensión, para un número conjunto no inferior a 20 trabajadores de las distintas empresas que las integren. Las agrupaciones de empresas estarán a lo previsto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Estas agrupaciones deberán nombrar un representante o apoderado/a único/a con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación. Cada entidad agrupada deberá ejecutar la parte del programa de formación comprometido. La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) Entidades colaboradoras del Servicio Regional de Empleo y Formación para la formación profesional para el empleo.
Plazo de solicitudes hasta el 10/04/2024
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