Subvenciones de proyectos de formación y mejora de las capacidades para la transición ecológica

Tipo de convocatoria

Ayudas/Subvenciones

Fecha convocatoria

29-06-2022

Organo ejecutor

Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF)

Ámbito

Autonómico

Objeto

Desarrollo de proyectos de formación dirigidos a personas trabajadoras ocupadas o desempleadas que necesitan cualificarse o recualificarse prioritariamente en los sectores emergentes o estratégicos determinados en la correspondiente convocatoria

Políticas palanca

P7 - Palanca VII - Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades

Componente

C20 Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional

Inversión

P7.C20.I1 - Reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales

Tipo de beneficiarios

Autónomo, Entidades Economía Social, Entidades sin ánimo de lucro, Gran empresa, Particular, Pyme. a) Empresas, a título individual, para la formación de sus trabajadores vinculados mediante una relación laboral, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate, que podrán ser de titularidad de personas físicas, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y otras formas jurídicas admitidas en derecho. b) Agrupaciones de empresas, consorcios, organismos y entidades sectoriales, de cualquier dimensión, para un número conjunto no inferior a 20 trabajadores de las distintas empresas que las integren. Las agrupaciones de empresas estarán a lo previsto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Estas agrupaciones deberán nombrar un representante o apoderado/a único/a con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación. Cada entidad agrupada deberá ejecutar la parte del programa de formación comprometido. La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. c) Entidades colaboradoras del Servicio Regional de Empleo y Formación para la formación profesional para el empleo

Sector económico del beneficiario

Empleo

Sector económico de la ayuda Educación
Presentación de solicitudes

https://sede.carm.es

Plazo presentación inicio

30-06-2022

Plazo presentación fin

27-07-2022

Actuaciones financiables

1. Los proyectos de formación deberán adaptarse a las necesidades de cualificación y recualificación de las personas trabajadoras de las empresas solicitantes a las que se encuentran vinculados o bien, deberán venir justificados con la finalidad de incrementar la cualificación de las personas trabajadoras desempleadas prioritariamente en los sectores emergentes recogidos en el Plan de Modernización de la Formación Profesional y en el Anexo I de la presente orden. 2. Los módulos formativos programados en los proyectos de formación contarán con un mínimo de 30 horas y un máximo de 60 horas de conformidad con lo previsto en el apartado segundo del artículo anterior y se impartirán de forma presencial pudiendo utilizarse, de forma complementaria el aula virtual e incluso determinados medios asíncronos de formación que queden debidamente justificados. Dentro de la duración de cada módulo formativo, se incluirán, en su caso, las horas para llevar a cabo las actuaciones de acompañamiento previstas en el apartado 4 de este artículo. 3. Cada módulo de formación o acción formativa, estructurará sus contenidos formativos tomando como referencia las realizaciones profesionales de una determinada Unidad de Competencia incluida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. El número máximo de módulos o acciones formativas por proyecto se determinará en la correspondiente convocatoria. Cuando se desarrolle el Catálogo Nacional de Estándares Profesionales, se entenderá hecha la referencia a este último. 4. En todos los módulos formativos incluidos en los proyectos de formación se podrán realizar actuaciones de acompañamiento para el procedimiento de acreditación de competencias, entre las que se podrán incluir las siguientes: a) Información y difusión de las características del procedimiento. b) Asistencia para la recopilación y preparación de la documentación de la persona candidata. c) Asistencia para la inscripción en el procedimiento. d) Asistencia para la preparación de las fases de orientación y evaluación. e) Asistencia con los instrumentos de apoyo al procedimiento de acreditación de competencias. f) Otras acciones que puedan contribuir, de forma individual o colectiva al éxito en la acreditación de competencias

Cuantía

1. La cuantía de la subvención se determinará para cada una de las convocatorias en función de la memoria presentada y los módulos de formación incluidos en el proyecto de formación. 2. Los módulos contendrán un mínimo de 30 y un máximo de 60 horas de formación. Los módulos de 30 horas tendrán aparejada una subvención fija de 245 € por persona formada. Los módulos de 60 horas llevarán aparejada una subvención de 549 € por persona formada

Plazo de ejecución

Dentro del mismo ejercicio en el que se reciba la subvención y podrán ser ejecutadas hasta el 31 de diciembre del año siguiente

Plazo de justificación

3 meses máximo desde la finalización de las acciones subvencionadas