Ayudas/Subvenciones
09-01-2023
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Nacional
Financiar proyectos promovidos por parte de entidades locales o comunidades autónomas para la conservación, mantenimiento y rehabilitación de bienes de interés cultural de titularidad pública con uso turístico
P5 - Palanca V - Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora
C14 Plan de modernización y competitividad del sector turístico
P5.C14.I4 - Actuaciones especiales en el ámbito de la competitividad
Sector Público. a) Las comunidades autónomas podrán solicitar las ayudas para sus bienes, o para bienes cedidos por otras administraciones públicas a las comunidades autónomas de acuerdo con la normativa patrimonial aplicable. b) Los municipios, representados por sus respectivos ayuntamientos, y las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, con independencia de su tamaño y población para sus bienes o bienes cedidos de otras administraciones públicas de acuerdo con la normativa patrimonial aplicable. c) Las Comarcas o mancomunidades u otras entidades locales de base agrupacional previstas en la ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local para sus bienes o bienes cedidos de otras administraciones públicas de acuerdo con la normativa patrimonial aplicable
Cultura
https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas. El plazo no está abierto todavía. El plazo de presentación comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y será de un mes. Está previsto que el extracto se publique en el mes de febrero
10-01-2023
10-02-2023
Renovación, mantenimiento y rehabilitación de patrimonio histórico
208.515.913 euros. a) 69.500.000 euros para proyectos promovidos por comunidades autónomas en los que el bien podrá ser de su titularidad, o de titularidad local. b) 139.015.913 euros para entidades locales.
Desde el día siguiente a la publicación del extracto (10 enero 2023) y hasta el 31 de marzo de 2026
3 meses desde la finalización de las actuaciones subvencionadas para presentar la justificación de los gastos realizados y en ningún caso podrá ser superior a tres meses desde la firma del acta de recepción de obra (sin observaciones ni reparos).