Ayudas/Subvenciones
02-06-2025
Instituto de Cualificaciones de la Región de Murcia (ICUAM)
Autonómico
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, con arreglo al régimen de concurrencia no competitiva de acuerdo a lo previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la concesión de ayudas económicas individualizadas destinadas a compensar los gastos derivados de la participación de las personas candidatas en el procedimiento de Reconocimiento, Evaluación, Acreditación y Registro, PREAR, en la Región de Murcia.
P7 - Palanca VII - Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades
C20 Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional
I1 - P7.C20.I1 - Reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales
Particular. Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas que reúnan los requisitos que aparecen en el artículo 4 el último día del plazo de presentación de solicitudes.
Varios Sectores
Las solicitudes deberán ser formalizadas a través de formulario electrónico específico n.º 4017 denominado Convocatoria ayudas PREAR (Acreditación Competencias Profesionales), disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Región de Murcia (https://sede. carm.es), y se presentarán de forma telemática o presencial en cualquiera de los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
03-06-2025
30-06-2025
Los gastos derivados de la participación de las personas candidatas en el procedimiento de Reconocimiento, Evaluación, Acreditación y Registro, PREAR, en la Región de Murcia.
150 euros
Seis meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 30 de la Ley General de Subvenciones, la concesión de estas ayudas no requerirá otra justificación que la acreditación previa a la concesión de que el solicitante reúne los requisito establecidos en la presente orden y haber sido asesorado al menos en un estándar de competencia profesional antes de la fecha que determine la convocatoria, sin perjuicio de los controles que se realicen para verificar el cumplimiento de dichos requisitos.