Extracto de la Resolución de 23 de diciembre de 2025, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se aprueba la segunda convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento mediante bombeo reversible en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - Next GenerationEU.

Tipo de convocatoria

Ayudas/Subvenciones

Fecha convocatoria

06-01-2026

Organo ejecutor

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Ámbito

Nacional

Objeto

El objeto de esta Orden de Bases es establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción a partir de combustibles fósiles, a través de un Programa de Incentivos que así mismo se aprueba, de conformidad con lo dispuesto en esta Orden de Bases, todo ello en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Políticas palanca

P3 - Palanca III - Transición energética justa e inclusiva

Componente

C31 REPowerEU

Inversión

I3 - P3.C31.I3 - Ayudas e inversión en cadena de valor de renovables y almacenamiento

Tipo de beneficiarios

Gran empresa, Entidades sin ánimo de lucro, Pyme, Autónomo. Podrán obtener la condición de beneficiario personas jurídicas, públicas o privadas, así como las agrupaciones de personas jurídicas, tanto públicas como privadas, sin personalidad jurídica propia, que puedan llevar a cabo los proyectos o actividades que motivan la concesión de esta ayuda, según se indica en el artículo6 de las bases reguladoras, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 7 de las bases reguladoras

Sector económico del beneficiario

Energia

Sector económico de la ayuda Energia
Presentación de solicitudes

En la sede electrónica del IDAE (https://sede.idae.gob.es)

Plazo presentación inicio

26-01-2026

Plazo presentación fin

02-03-2026

Actuaciones financiables

Podrán ser objeto de ayuda, los proyectos de plantas de producción de energía eléctrica y/o térmica que utilicen energías renovables que cumplan las condiciones descritas en el Anexo I de la convocatoria y tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos gastos que satisfagan lo establecido en los artículos 8 y 9 de las bases reguladoras y el Anexo I de la convocatoria

Cuantía

50.000.000€

Plazo de ejecución

Los proyectos deberán encontrarse completamente finalizados antes del 30 de junio de 2029

Plazo de justificación

Plazo máximo de 3 meses, contados a partir de la fecha en que expire el plazo máximo otorgado para la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda.