Convocatoria para la ejecución de proyectos de construcción de instalaciones para puntos limpios (ECOPARQUES)

Tipo de convocatoria

Ayudas/Subvenciones

Fecha convocatoria

13-07-2022

Organo ejecutor

D.G. de Medio Ambiente

Ámbito

Autonómico

Objeto

La ejecución de proyectos de construcción de instalaciones para puntos limpios (ecoparques), dentro del marco del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el ámbito territorial de la Región de Murcia. La finalidad de estas subvenciones es fomentar la implantación y mantenimiento de sistemas de recogida separada de las diferentes fracciones de residuos municipales, para contribuir a alcanzar una gestión más sostenible y un ahorro de recursos naturales, y a su vez dar cumplimiento a los objetivos establecidos por la normativa vigente

Políticas palanca

P5 - Palanca V - Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

Componente

C12 Política Industrial España 2030

Inversión

P5.C12.I3 - Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular

Tipo de beneficiarios

Sector Público. Municipios u otras entidades locales, o los consorcios constituidos por dichas entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida o de tratamiento de residuos y que presenten proyectos sobre los servicios de su competencia para su financiación

Sector económico del beneficiario

Medio Ambiente

Sector económico de la ayuda Medio Ambiente
Presentación de solicitudes

https://sede.carm.es

Plazo presentación inicio

14-07-2022

Plazo presentación fin

14-09-2022

Actuaciones financiables

Los proyectos de construcción de instalaciones para puntos limpios (ecoparques)

Cuantía

1. La subvención total a obtener por cada proyecto será la suma de: a) La subvención por inversión material, que será del 90% del presupuesto subvencionable en inversión material, IVA excluido, calculado conforme al artículo 4.3 de la presente orden. b) La subvención para acciones formativas será igual al 90% de la inversión para acciones formativas. La subvención máxima para este concepto será el 10% de la subvención calculada para inversión material. 2. El importe máximo de la subvención total de la misma será de 205.337,67 €

Plazo de ejecución

Hasta el 30 de diciembre de 2024

Plazo de justificación

8 meses desde la finalización del plazo máximo de ejecución, pudiendo prorrogarse el mismo a solicitud del beneficiario, por la mitad del plazo inicial y de acuerdo con lo establecido por la ley 39/2015 de 1 de octubre. La finalización del plazo de justificación, incluyendo su prórroga, en su caso, no podrá ser posterior al 31 de octubre de 2025