Convocatoria para nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC)

Tipo de convocatoria

Ayudas/Subvenciones

Fecha convocatoria

23-02-2023

Organo ejecutor

Ministerio de Ciencia e Innovación

Ámbito

Nacional

Objeto

Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor (en adelante doctor/es) a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento

Políticas palanca

P6 - Palanca VI - Pacto por la ciencia y la innovación. Refuerzo a las capacidades del Sistema Nacional de Salud

Componente

C17 Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación

Inversión

I5 - P6.C17.I5 - Transferencia de conocimiento

Tipo de beneficiarios

Gran empresa, Pyme.

Las pequeñas empresas, conforme a la definición establecida en el apartado 11 del Anexo I de la Orden CIN/373/2022, de 26 de abril, que cumplan además los requisitos para considerarse empresa innovadora, según lo establecido en el apartado 10 del Anexo I de la referida Orden, siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y residencia fiscal en España

Sector económico del beneficiario

Investigación

Sector económico de la ayuda Investigación
Presentación de solicitudes

https://sede.cdti.gob.es/ El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 20/04/2023 a las 12:00 horas

Plazo presentación inicio

28-02-2023

Plazo presentación fin

20-04-2023

Actuaciones financiables

Proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología

Cuantía

a. Con carácter general se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, sin contar la formación prevista en el Anexo II de la presente convocatoria, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario. b. En las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en el Anexo I, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, sin contar la formación prevista en el Anexo II de la presente convocatoria, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario. c. Adicionalmente, la cuantia de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en el Anexo II de la presente convocatoria y cumplan todos los requisitos indicados en el mismo

Plazo de ejecución

Las actuaciones subvencionables deberán iniciarse en 2023, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2024, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2024, solicitando en todo caso ayuda para el año 2023

Plazo de justificación

Entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año inmediato posterior al de la realización de la actividad. Si se ha autorizado una prórroga del periodo de ejecución, el plazo para justificar será de tres meses a contar a partir de la fecha de finalización de la ampliación del periodo de ejecución