Concesión directa al Ayuntamiento de Santomera de una ayuda del Programa 1 “Ayudas destinadas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio"

Tipo de convocatoria

Ayudas/Subvenciones

Fecha convocatoria

15-12-2022

Organo ejecutor

D.G. de Vivienda

Ámbito

Local

Objeto

Concesión directa al Ayuntamiento de Santomera para la gestión y financiación de las actuaciones recogidas en el Entorno de Rehabilitación Residencial Programada

Políticas palanca

P1 - Palanca I - Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

Componente

C2 Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana

Inversión

P1.C2.I1 - Programas de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales

Tipo de beneficiarios

Sector Público. 1. El Ayuntamiento será beneficiario de la ayuda destinada a la financiación de las actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas del ERRP “Santomera”. En este caso otorgará el importe de cada una de las ayudas que corresponda a cada persona destinataria última mediante la publicación de la correspondiente convocatoria de acuerdo a lo previsto en este decreto. 2. El Ayuntamiento, en tanto responsable de la ejecución, será el destinatario último de la ayuda destinada a la financiación de la prestación de servicios de oficina de rehabilitación en el ámbito del citado ERRP

Sector económico del beneficiario

Vivienda

Sector económico de la ayuda Vivienda
Presentación de solicitudes

n.a.

Plazo presentación inicio

15-12-2022

Plazo presentación fin

15-12-2022

Actuaciones financiables

a) Obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las unifamiliares en el ERRP “Santomera”. b) Prestación de servicios de oficina de rehabilitación para facilitar la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en el citado ERRP

Cuantía

La cuantía máxima de las ayudas que correspondan a las personas destinatarias últimas, así como los gastos susceptibles de subvención, se determinará de acuerdo a lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre

Plazo de ejecución

Plazo que se determine en la correspondiente orden de concesión y no más tarde del 30 de junio de 2026

Plazo de justificación

Plazo que se determine en la correspondiente orden de concesión y no más tarde del 30 de junio de 2026