Concesión de subvenciones del "Proyecto ICEX Vives" de ICEX España

Tipo de convocatoria

Ayudas/Subvenciones

Fecha convocatoria

17-12-2022

Organo ejecutor

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Ámbito

Nacional

Objeto

Concesión, mediante régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones destinadas a personas físicas con nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea con residencia en España, a fin de realizar prácticas no laborales en filiales o establecimientos en el extranjero facilitadas por las empresas españolas en el seno del Proyecto ICEX Vives en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Políticas palanca

P5 - Palanca V - Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

Componente

C13 Impulso a la pyme

Inversión

P5.C13.I5 - Internacionalización

Tipo de beneficiarios

Particular. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas con nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea con residencia en España, a fin de realizar prácticas no laborales en filiales o establecimientos en el extranjero facilitadas por las empresas españolas en el seno del Proyecto ICEX Vives en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Sector económico del beneficiario

Varios Sectores

Sector económico de la ayuda Formación
Presentación de solicitudes

ICEX Vives

Plazo presentación inicio

01-01-2023

Plazo presentación fin

Sin especificar

Actuaciones financiables

Incrementar el número de profesionales con formación y capacitación en internacionalización contribuyendo así a la mejora de la competitividad y productividad de las empresas españolas internacionalizadas

Cuantía

Cuantía total 27.000.000 € Desde los 21.700 euros hasta los 50.000 euros.

Plazo de ejecución

Las prácticas formativas deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024

Plazo de justificación

1. La justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos se realizará mediante la aportación de los informes, certificados y otra documentación justificativa. En el caso de los informes trimestrales, estos se presentarán en la siguiente semana de producirse dicho hito. Los informes o memorias de final de la práctica se presentarán en el plazo máximo de diez días antes de la conclusión de la misma. Los informes o memorias de final de la práctica se presentarán en el plazo máximo de diez días antes de la conclusión de la misma.