Actuaciones financiables
a) Digitalización y modernización de las estructuras: Generación de contenidos en formatos digitales.
Creación y/o desarrollo de plataformas digitales.
Creación y/o desarrollo de herramientas digitales e integrales para la gestión escénica y/o musical.
Modernización de los instrumentos digitales de comunicación.
Herramientas y equipamientos para la difusión en streaming.
Digitalización de fondos documentales artísticos, administrativos.
Adquisición de equipos informáticos y digitales para la gestión de conformidad con lo establecido en el artículo 31.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Proyectos digitales de creación de audiencias, búsqueda de nuevos públicos, acompañamiento y mediación social.
b) Transición ecológica y cohesión territorial:
Medidas tendentes a la reducción de emisión de dióxido de carbono en las estructuras de producción, gestión y creación de las artes escénicas y/o musicales.
Cambios de materiales y fungibles que favorezcan la reducción de la huella ecológica.
c) Quedan expresamente excluidos del objeto de las ayudas los proyectos de inversión cuyas actividades comprendan:
Construcciones o reformas de las infraestructuras escénicas, de creación, producción y/o de las oficinas o locales.
Adquisiciones, modificaciones, reformas o instalaciones destinadas a modificar el suministro energético de las infraestructuras escénicas, de creación, producción y/o de las oficinas o locales.
Adquisiciones de cualquier tipo o de vehículo que tenga motor diésel o de gasolina, incluidos los híbridos.