Ayudas programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica MOVES II

Tipo de convocatoria

Ayudas/Subvenciones

Fecha convocatoria

09-01-2021

Organo ejecutor

D.G. de Energía y Actividad Industrial y Minería

Ámbito

Autonómico

Objeto

Concesión de ayudas a destinatarios finales, dentro del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible, de acuerdo a lo dispuesto, con carácter de bases, en el Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla (Programa MOVES II)

Políticas palanca

P1 - Palanca I - Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

Componente

C1 Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos

Inversión

Tipo de beneficiarios

Autónomo, Entidades Economía Social, Entidades sin ánimo de lucro, Gran empresa, Particular, Pyme, Sector Público. Para las actuaciones 1 y 2: a) Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. b) Las personas físicas mayores de edad distintas del apartado anterior y los menores de edad con discapacidad en movilidad reducida. c) Las comunidades de propietarios reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3 . d) Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, con y sin ánimo de lucro, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, o R. En el caso de que el solicitante de la ayuda sea una empresa privada, se estará, en cuanto a la definición de empresa y tamaño, a lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) nº. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. e) Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, los organismos autónomos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia conforme al artículo 9.1 a) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y las universidades públicas dependientes de ésta, así como el sector público institucional de las entidades locales y de la Administración del Estado de acuerdo al artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Para la actuación 3: - Las personas físicas que desarrollen actividad económica, según la letra a) del párrafo anterior. - Las personas jurídicas y entidades, a las que se refiere la letra d). - Las entidades locales territoriales y entidades vinculadas o dependientes de aquellas que formen parte del sector público, y las universidades públicas. Para la actuación 4: - Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, a las que se refiere la letra a). - Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades con o sin personalidad jurídica, siempre que tengan ánimo de lucro, y de acuerdo a la definición de empresa a las que se refiere la letra d). - Las entidades locales territoriales.

Sector económico del beneficiario

Varios Sectores

Sector económico de la ayuda Energia
Presentación de solicitudes

https://sede.carm.es

Plazo presentación inicio

10-01-2021

Plazo presentación fin

09-01-2022

Actuaciones financiables

a) Actuación 1.- Adquisición de vehículos de energías alternativas. b) Actuación 2.- Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. c) Actuación 3.- Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas. d) Actuación 4.- Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo

Cuantía

De 600,00 euros hasta 15.000,00 euros según categorías

Plazo de ejecución

Deberá realizarse, en todo caso, con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud

Plazo de justificación

12 meses desde la fecha de notificación de concesión