Ayudas/Subvenciones
28-12-2022
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Nacional
Ayudas públicas para proyectos innovadores de almacenamiento energético que se hibriden con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes renovables para el despliegue del almacenamiento energético. La concesión de ayudas irá dirigida a la financiación de la adición de almacenamiento a instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables tanto nuevas como ya existentes. En el caso de nuevas instalaciones de generación eléctrica a partir de fuentes renovables, la finalización del proyecto se entenderá como el momento en que ambas tecnologías, generación renovable y almacenamiento energético, estén finalizadas, no pudiendo financiarse el almacenamiento sin estar asociado a generación renovable.
P3 - Palanca III - Transición energética justa e inclusiva
C8 Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes, y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento
P3.C8.I1 - Despliegue del almacenamiento energético
Entidades Economía Social, Entidades sin ánimo de lucro, Gran empresa, Pyme, Sector Público. a) Empresas. b) Organismos públicos de investigación. c) Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i. d) Otros centros públicos de I+D. e) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D. f) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal. g) Otros centros privados de I+D+i. h) Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, o realicen difusión y divulgación tecnológica y científica
Varios Sectores
https://www.idae.es El plazo de presentación de solicitudes comienza el 18/01/2023 y finaliza el 20/03/2023 a las 12:00 horas.
18-01-2023
20-03-2023
Proyectos de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables situados en el territorio nacional, a excepción de los proyectos de almacenamiento de hidrógeno, aplicándose las definiciones del ANEXO I. La hibridación podrá realizarse con instalaciones de generación tanto nuevas como ya existentes
El importe de la ayuda unitaria a certificar, en potencia, calculada como el cociente entre la ayuda concedida y la potencia instalada real (MW) no podrá sobrepasar el importe de la ayuda unitaria concedida, recogida en la resolución de concesión. La ayuda máxima no podrá superar los 15 millones de euros por empresa y por proyecto
El plazo en ningún caso podrá finalizar después del 30 de abril de 2026
Plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha en que expire el plazo máximo de finalización de la actuación establecido en la resolución de concesión o su eventual ampliación