Ayudas para la producción de largometrajes sobre proyecto (2022)

Tipo de convocatoria

Ayudas/Subvenciones

Fecha convocatoria

16-03-2022

Organo ejecutor

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE 

Ámbito

Nacional

Objeto

Ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto, mediante convocatoria abierta en régimen de concurrencia competitiva y con carácter plurianual

Políticas palanca

P9 - Palanca IX - Impulso de la industria de la cultura y el deporte

Componente

C25 España hub audiovisual de Europa (Spain AVS Hub)

Inversión

P9.C25.I1 - Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual

Tipo de beneficiarios

Gran empresa, Pyme. Empresas productoras independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico, según la definición contenida en el artículo 4 n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre. Empresas productoras no independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico, en relación a aquellos largometrajes realizados en coproducción con empresas productoras de carácter independiente. Cuando se trate de proyectos realizados por varias empresas productoras, éstas constituirán la agrupación a que se refiere el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Sector económico del beneficiario

Cultura

Sector económico de la ayuda Cultura
Presentación de solicitudes

https://cultura.sede.gob.es

Plazo presentación inicio

20-06-2022

Plazo presentación fin

11-07-2022

Actuaciones financiables

Producción de largometrajes

Cuantía

El importe máximo de la ayuda no podrá ser superior a: 1.400.000 euros por proyecto beneficiario, siempre que el coste reconocido al largometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sea, al menos, de 8.000.000 de euros. 1.200.000 euros por proyecto beneficiario, siempre que el coste reconocido al largometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sea, al menos, de 5.000.000 de euros. 1.000.000 de euros por proyecto beneficiario, siempre que dicho importe no supere el 40% del coste reconocido al largometraje tal como queda definido en el artículo 13 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, o que dicho importe no supere el 50% del coste reconocido para aquellos proyectos que puedan alcanzar una intensidad máxima del 75% y del 80% del coste reconocido por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, conforme a lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre.

Plazo de ejecución

Iniciar el rodaje y comunicarlo al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales o al organismo autonómico competente, antes de los 6 meses siguientes a la fecha del primer pago de la ayuda, o antes de los 9 meses cuando se trate de largometrajes de animación

Plazo de justificación

3 meses a partir de la notificación del certificado de nacionalidad española de la película