Ayudas para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras escénicas y musicales de la Región de Murcia (Convocatoria 2022)

Tipo de convocatoria

Ayudas/Subvenciones

Fecha convocatoria

21-12-2022

Organo ejecutor

Instituto de las Industrias Culturales y las Artes (ICA)

Ámbito

Autonómico

Objeto

Reforzar la competitividad de las industrias culturales de la Región de Murcia y mejorar la oferta de producción cultural mediante la financiación de proyectos de inversión para la modernización y gestión sostenible de las INFRAESTRUCTURAS de las artes escénicas y musicales

Políticas palanca

P9 - Palanca IX - Impulso de la industria de la cultura y el deporte

Componente

C24 Revalorización de la industria cultural

Inversión

P9.C24.I2 - Dinamización de la cultura a lo largo del territorio

Tipo de beneficiarios

Autónomo, Entidades Economía Social, Entidades sin ánimo de lucro, Gran empresa, Particular, Pyme, Sector Público. Personas con domicilio social y fiscal en la Región de Murcia que desarrollen actividades habituales en los ámbitos de las artes escénicas y de la producción o programación profesional de la música y que cumplan alguno de siguientes requisitos: a) Personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, deberán ostentar la propiedad de los inmuebles donde se ubiquen los espacios escénicos en los que se pretenda llevar a cabo la inversión. b) Entes y organismos públicos con personalidad jurídica propia, creados por entidades locales, si les corresponde la gestión de los espacios escénicos y han sido autorizados por estas para tomar parte en esta convocatoria. En este caso, la solicitud de la subvención, así como la ejecución y justificación de la inversión corresponderá al ente u organismo autónomo y las obligaciones referidas al uso del inmueble a quien ostente la propiedad del mismo. c) Empresas, entidades y personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, gestoras de salas públicas o privadas, si han sido autorizadas por sus propietarios para la realización de obras o equipamientos en las mismas. El ente gestor será responsable de la solicitud de la subvención y de la ejecución de la inversión y su justificación. Las obligaciones de uso o destino de la sala serán asumidas por el beneficiario y subsidiariamente por el propietario de la misma

Sector económico del beneficiario

Cultura

Sector económico de la ayuda Cultura
Presentación de solicitudes

https://sede.carm.es

Plazo presentación inicio

22-12-2022

Plazo presentación fin

01-02-2023

Actuaciones financiables

Entre las acciones elegibles para la obtención de ayudas figurarán como mínimo las siguientes: Modernización de sistemas digitales de audio y comunicaciones en red. Modernización de los sistemas de iluminación digital. Modernización de los sistemas de vídeo digital. Modernización de los sistemas de gestión digital de maquinaria escénica. Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculo. Las ayudas a infraestructuras deberán circunscribirse a teatros, auditorios, carpas de circo, salas de música en directo, salas de ensayo, espacios escénicos y musicales de compañías de teatro, danza, música y circo y otros multidisciplinares ya sean de titularidad pública o privada

Cuantía

1. Cada propietario o gestor de salas escénicas podrá presentar un solo proyecto referido a un único espacio cultural. Para la determinación del importe de la ayuda que corresponde a cada una de los proyectos beneficiarios se aplicará un sistema de reparto, en virtud del cual la dotación económica global establecida se distribuirá en orden a la puntuación que hubiera obtenido cada proyecto en la fase de valoración conforme a los criterios establecidos hasta el agotamiento del crédito, siendo otorgado el 100% de lo solicitado a la máxima puntuación posible, y siempre dentro de los límites establecidos en el presente artículo. 2. La ayuda concedida no podrá superar el 80% del coste total del proyecto. Se tomará como referencia el desglose de gastos de la memoria y/o presupuestos que se presenten junto con la solicitud, debiendo financiarse el 20% con recursos propios u otras fuentes de financiación pública o privada. El importe de la subvención podrá incrementarse proporcionalmente a la puntuación obtenida, en función del crédito que exceda una vez realizado el reparto correspondiente entre los proyectos de las personas beneficiarias, no pudiendo ser superados los máximos determinados en el presente artículo. 3. La ayuda máxima concedida a cada solicitante, con independencia de que presente uno o dos proyectos, no podrá superar el 30% del total de la dotación presupuestaria de la convocatoria

Plazo de ejecución

Desde el 27 de abril de 2021 hasta 31 de marzo de 2024

Plazo de justificación

1 mes a contar desde la fecha de finalización del plazo de ejecución