Ayudas para la elaboración de proyectos de digitalización de comunidades de usuarios de agua para regadío

Tipo de convocatoria

Ayudas/Subvenciones

Fecha convocatoria

02-08-2023

Organo ejecutor

Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico

Ámbito

Nacional

Objeto

Ayudas para proyectos de digitalización de comunidades de usuarios de agua para el regadío que cumplan los requisitos descritos en las bases reguladoras y en la presente convocatoria:
Subvencionar aquellos proyectos que contribuyan a la consecución de los objetivos específicos definidos en el apartado 2 de este artículo, vinculados a los objetivos generales de la medida C5, I3, «Transición Digital en el sector del agua», submedida 1.a) mejora y utilización de los recursos hídricos, complementando y apoyando al cumplimiento, conforme está diseñado el PRTR, del objetivo CID #79, denominado «Puesta en
funcionamiento de herramientas para mejorar el conocimiento y el uso de los recursos hídricos, y para registrar las precipitaciones y otros datos» del PRTR, de acuerdo con la
normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional y, específicamente, el hito CID #79 ter, «Actuaciones de digitalización de los usos del agua (PERTE)-Transferencias», incluido en la adenda al PRTR, aprobada por el Consejo de Ministros el 7 de junio de 2023, para que, al menos 5.000.000 de habitantes beneficiados por la puesta en funcionamiento de proyectos de digitalización del ciclo urbano del agua y 100.000 hectáreas beneficiadas por el kit digital del regadío, dentro del PERTE de digitalización de los usos del agua

Políticas palanca

P2 - Palanca II - Infraestructuras y ecosistemas resilientes

Componente

C5 Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos

Inversión

I3 - P2.C5.I3 - Transición digital en el sector del agua

Tipo de beneficiarios

a) Las comunidades de usuarios de agua cuando el destino dado a las aguas sea
principalmente el riego, con independencia de su origen superficial o subterráneo.
b) Las comunidades de usuarios de aguas subterráneas, CUAS, cuando el destino dado a las aguas sea principalmente el riego.
c) Las comunidades generales de usuarios de agua, cuando el destino dado a las aguas sea principalmente el riego.
e) Asociaciones o federaciones de comunidades de usuarios, cuyos socios sean
mayoritariamente de alguna de las tipologías contempladas en a), b), c), d) y cuya fecha de constitución sea anterior a la fecha de publicación de esta orden. Dichas asociaciones o federaciones sólo podrán presentarse en agrupación de acuerdo con lo establecido en el siguiente apartado f) con alguna de las tipologías contempladas en a), b), c) y d), no pudiéndose presentar de forma individual ni tampoco agrupadas entre sí. También se incluyen en este punto las agrupaciones o concentraciones de Comunidades constituidas
de acuerdo con el artículo 26 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Canarias, con las mismas condiciones anteriormente expuestas para las asociaciones o federaciones.
f) Agrupaciones de solicitantes, según se definen en el artículo 3.f) de esta orden, formadas por dos o más sujetos descritos en los apartados a), b), c), d), e) anteriores

Sector económico del beneficiario

Agricultura

Sector económico de la ayuda Agricultura
Presentación de solicitudes

Más información y solicitudes

Plazo presentación inicio

26-10-2023

Plazo presentación fin

12-12-2023

Actuaciones financiables

Proyectos de digitalización del regadío que incluya en cualquier caso la solución
C1 definida como obligatoria en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Regadío definidas en el anexo I

Cuantía

Ayuda máxima por proyecto de 2.000.000 €, y una ayuda mínima por proyecto de 100.000 €
En el supuesto de que el proyecto sea presentado por una Comunidad de Usuarios de Aguas Subterráneas o por una agrupación en la que una o más de las entidades beneficiarias integrantes sea una Comunidad de Usuarios de Aguas Subterráneas, se establece una ayuda máxima por proyecto de 4.000.000 €, y una ayuda mínima por proyecto de 100.000 €

Plazo de ejecución

Entre el 22/03/2022 y el 30/06/2026

Plazo de justificación

Tres (3) meses desde la finalización de la ejecución del proyecto