Actuaciones financiables
a) Conservación, mantenimiento, puesta en valor y rehabilitación de bienes declarados como Bien de Interés Cultural para uso turístico y cultural.
b) Mejora de la accesibilidad universal, siempre y cuando no afecte a las características que le han hecho acreedor de Bien de Interés Cultural.
c) Modernización de los sistemas de gestión de residuos, abordando la prevención y la reducción de la generación de los mismos y la implantación de sistemas de recogida separada de los distintos materiales que posibiliten la preparación para la reutilización o el reciclaje de los mismos, así como la introducción de mejoras en los sistemas de tratamiento de aguas grises.
d) Rehabilitación y aprovechamiento de espacios con tecnologías inteligentes (mejora de la banda ancha, instalación de redes wifi, reservas en línea, visitas virtuales, o similares).
e) Mejora de la eficiencia energética y ahorro del consumo de recursos hídricos y energéticos, en particular mediante inversión en iluminación eficiente, de acuerdo con los criterios de la carta de Madrid de 2004 sobre iluminación monumental y a través de la sustitución de las calderas diésel o de combustible por calderas de gas natural.
f) Actuaciones de aclimatación y adaptación al cambio climático, en particular en lo relativo a la mejora en los sistemas de riego, reutilización de recursos hídricos y en la selección óptima de especies arbóreas y arbustivas en función de las condiciones ambientales del entorno.
g) La reducción y compensación de la huella de carbono mediante la elaboración de planes para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
h) La rehabilitación ecológica del patrimonio.
Cuantía
a) Línea 1: Ayudas a las Comunidades Autónomas para una inversión mínima de 750.000 euros y una inversión máxima de 3.000.000 de euros.
b) Línea 2: Ayudas a Entidades locales para una inversión mínima de 750.000 euros y una inversión máxima de 3.000.000 de euros