Ayudas/Subvenciones
13-12-2022
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
Nacional
Realización de, al menos, 30 proyectos de carácter innovador en materia de Economía Social, en los siguientes programas: -Programa 1: TRANSFORMA_ES. Proyectos en materia de generación y mantenimiento del empleo de empresas viables que estén atravesando dificultades o sin relevo generacional, mediante su conversión en fórmulas empresariales de la Economía Social (cooperativas y sociedades laborales), gestionadas por sus trabajadoras y trabajadores. -Programa 2: INICIATIVA_ES. Proyectos de creación y consolidación de entidades de la Economía Social con carácter innovador, incidiendo en el relevo generacional y en el emprendimiento juvenil.-Programa 3: IMPULSA_TEC. Proyectos trasformadores de apoyo a la modernización tecnológica de las empresas de la economía social mediante la creación de plataformas digitales, la automatización de procesos y el uso de herramientas tecnológicas con el fin de mejorar el bienestar de la ciudadanía, especialmente en las zonas rurales. -Programa 4: ALIANZAS_ES. Proyectos de promoción de redes de ooperativas, sociedades laborales y otras fórmulas de Economía Social acompañada de medidas de capacitación y formación para ofrecer nuevos servicios integrales a la sociedad. -Programa 5: SOSTENIBLE_ES. Proyectos de impulso de las transiciones sostenibles e inclusivas de empresas de la Economía Social y de colectivos en situación de vulnerabilidad
P8 - Palanca VIII - Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo
C23 Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo
P8.C23.I6 - Plan integral de impulso a la Economía Social para la generación de un tejido económico inclusivo y sostenible
Entidades Economía Social. Entidades representativas de cooperativas, de sociedades laborales, de Empresas de Inserción y de cualesquiera otras entidades de la Economía Social. Entidades de la Economía Social que realicen actuaciones en el ámbito nacional, de acuerdo con lo que se recoge en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. Agrupaciones de entidades en los términos previstos en el artículo 7 de la presente orden. Podrán formar parte de estas agrupaciones las entidades englobadas en los apartados a) y b) anteriores, así como las universidades, centros de investigación y las administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional
Economia Social
https://www.mites.gob.es
16-12-2022
31-01-2023
Programa 1: TRANSFORMA_ES. Proyectos en materia de generación y mantenimiento del empleo de empresas viables que estén atravesando dificultades o sin relevo generacional, mediante su conversión en fórmulas empresariales de la Economía Social (cooperativas y sociedades laborales), gestionadas por sus trabajadoras y trabajadores. Programa 2: INICIATIVA_ES. Proyectos de creación y consolidación de entidades de la Economía Social con carácter innovador, incidiendo en el relevo generacional y en el emprendimiento juvenil. Programa 3: IMPULSA_TEC. Proyectos trasformadores de apoyo a la modernización tecnológica de las empresas de la economía social mediante la creación de plataformas digitales, la automatización de procesos y el uso de herramientas tecnológicas con el fin de mejorar el bienestar de la ciudadanía, especialmente en las zonas rurales. Programa 4: ALIANZAS_ES. Proyectos de promoción de redes de cooperativas, sociedades laborales y otras fórmulas de Economía Social acompañada de medidas de capacitación y formación para ofrecer nuevos servicios integrales a la sociedad. Programa 5: SOSTENIBLE_ES. Proyectos de impulso de las transiciones sostenibles e inclusivas de empresas de la Economía Social y de colectivos en situación de vulnerabilidad.
Las ayudas podrán financiar hasta el 50 % de los costes subvencionables en el caso de las PYMEs y hasta el 15 % de los costes subvencionables en el de las grandes empresas, del importe total del proyecto presentado, según delimita el artículo 29 del Reglamento (UE) n° 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. El importe de la subvención otorgada, después de aplicados los porcentajes previstos en el párrafo anterior, no podrá ser inferior a 50.000 € ni superior a 3.500.000 €
31/10/23
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