Ayudas a proyectos de I+D+i en el ámbito de la industria conectada 4.0 (Activa_Financiación)

Tipo de convocatoria

Ayudas/Subvenciones

Fecha convocatoria

19-05-2023

Organo ejecutor

Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa

Ámbito

Nacional

Objeto

Desarrollo de proyectos de investigación industrial, proyectos de desarrollo experimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en el ámbito de la Industria Conectada 4.0 y tendentes al cumplimiento de los objetivos de la misma

Políticas palanca

P5 - Palanca V - Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

Componente

C12 Política Industrial España 2030

Inversión

I2 - P5.C12.I2 - Programa de impulso de la competitividad y sostenibilidad industrial

Tipo de beneficiarios

Otro. Sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial y que no formen parte del sector público

Sector económico del beneficiario

Varios Sectores

Sector económico de la ayuda Investigación
Presentación de solicitudes

Más información y solicitudes

Plazo presentación inicio

29-05-2023

Plazo presentación fin

27-06-2023

Actuaciones financiables

2. Para los proyectos de la Línea ACTIVA PYMES se incluirán las siguientes partidas de gastos: a) Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto, así como la adquisición de software específico de soluciones de hibridación o conectividad digital de los procesos de producción. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior. b) Infraestructura hardware: adquisición de equipos que no están directamente vinculados con la producción, pero que resultan indubitablemente necesarios para el proyecto planteado. c) Gastos de colaboraciones externas exclusivamente derivadas del proyecto, así como otros gastos ocasionados por la prestación de servicios TIC avanzados, consultoría para el diseño o rediseño de procesos, y la adquisición de patentes que contribuyan a la ejecución del proyecto. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada. d) Para los proyectos incluidos en el artículo 8.1.e de la Orden ICT/713/2021 de 29 de junio, gastos de amortización del instrumental y de los equipos indispensables para el desarrollo del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados, durante el periodo estrictamente necesario para el desarrollo del proyecto presentado y dentro de los límites marcados por la resolución de concesión. e) Para los proyectos incluidos en el artículo 8.1.e de la Orden ICT/713/2021 de 29 de junio, gastos de alquiler del equipamiento que sea indispensable para la realización de pruebas de concepto y desarrollos iniciales. En los casos de renting y/o leasing, no serán financiables los gastos financieros asociados. 3. Para los proyectos de la Línea ACTIVA Grandes Implementaciones se incluirán las siguientes partidas de gastos: a) Costes de personal. Los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente. Podrán imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral, personal autónomo socio de la empresa y personal autónomo económicamente dependiente, según lo establecido en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. Las entidades beneficiarias deberán confeccionar partes horarios para cada trabajador que deberán estar firmados por un responsable del empleado. b) Costes de instrumental y material inventariable. Solo se admitirán los gastosde amortización de ese instrumental o material inventariable, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados, durante el periodo estrictamente necesario para el desarrollo del proyecto presentado, y dentro de los límites marcados por la resolución de concesión. Para ser financiables, los costes de instrumental y material inventariable deberán ir asociados a un proyecto en cuyo presupuesto financiable se incluyan otras partidas de las anteriormente indicadas. Los costes de instrumental y material inventariable no superarán el 60% del presupuesto financiable. c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada.

Cuantía

Mínimo 100.000,00 €. Máximo 400.000,00 € para microempresas y pequeñas empresas y 1.000.000,00 € para medianas

Plazo de ejecución

Desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta un plazo máximo de veinticuatro meses desde la fecha de la resolución de la concesión

Plazo de justificación

Tres meses siguientes a la finalización de la actuación