Ayudas/Subvenciones
28-12-2022
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Nacional
Ayudas a pymes para impulsar su digitalización en el marco del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (en adelante, PADIH) contemplado en el componente 13 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Las ayudas otorgadas a los beneficiarios serán ayudas en especie, mediante servicios que faciliten la adopción soluciones de digitalización disruptivas. Estos servicios serán prestados por entidades pertenecientes a los European Digital Innovation Hubs
P5 - Palanca V - Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora
C13 Impulso a la pyme
P5.C13.I3 - Digitalización e innovación
Pyme. Las pymes válidamente constituidas con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España
Varios Sectores
En la sede electrónica de la Fundación EOI (https://sede.eoi.es). El plazo de presentación de solicitudes concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario de esta convocatoria.
27-01-2023
30-09-2025
Las actuaciones objeto de las ayudas consistirán en servicios que faciliten la adopción de soluciones de digitalización disruptivas por parte de sus beneficiarios, atendiendo a las siguientes tipologías de servicios: a) Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías. b) Ensayo y experimentación, incluidas las pruebas de concepto tecnológicas. c) Formación para la adquisición de conocimientos básicos para la implementación y posterior gestión de la tecnología. d) Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología. e) Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación
La cuantía máxima total, incluyendo la suma de los distintos servicios según su tipología, para todas las subvenciones concedidas por beneficiario dentro de esta convocatoria, es de 30.000 euros para cualquier entidad.
La realización del servicio objeto de la Propuesta de Servicios debe finalizarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de la resolución de concesión, salvo que el órgano concedente autorice otros plazos por causas previamente justificadas, y, en cualquier caso, antes del 31 de diciembre de 2025
3 meses desde la finalización de la prestación del servicio