Ayudas/Subvenciones
29-12-2022
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Nacional
Ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial del sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación, Transformación y Resiliencia del agroalimentario (PERTE Agroalimentario)
P5 - Palanca V - Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora
C12 Política Industrial España 2030
P5.C12.I2 - Programa de impulso de la competitividad y sostenibilidad industrial
Entidades sin ánimo de lucro. Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia que hayan establecido, antes de la presentación de la solicitud, un acuerdo interno que regule el funcionamiento de la misma, y que cumpla los requisitos establecidos en este artículo y en el anexo VI de esta orden, conforme con lo establecido en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre. Sólo podrán ser miembros de la agrupación las sociedades mercantiles privadas, sociedades cooperativas y sociedades agrarias de transformación (SAT) con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su forma jurídica y su tamaño
Agroalimentario
En el Portal de Ayudas y exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (https://www.mincotur.gob.es) Ampliación de plazo de presentación de solicitudes hasta el 15/03/2023
23-01-2023
15-03-2023
La línea de ayudas regulada en esta orden de bases está destinada al apoyo a proyectos tractores integrados por proyectos primarios estructurados en torno a tres bloques que reflejan los aspectos más importantes con vistas al futuro desarrollo de la industria agroalimentaria. Estos bloques son los siguientes: a) Competitividad. b) Sostenibilidad. c) Trazabilidad y seguridad alimentaria
Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria podrán revestir la forma de subvenciones, préstamos o una combinación de préstamos y subvenciones. Para cada proyecto primario y entidad beneficiaria dentro de la agrupación, la financiación total a conceder, Préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80 por ciento sobre el presupuesto financiable.
Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta el 30 de junio de 2025
3 meses desde la finalización de la actuación según la resolución de concesión y las sucesivas resoluciones de modificación que pudieran existir