Convocatoria ayudas a la rehabilitación de viviendas a nivel de barrio del Ayuntamiento de Lorca

Tipo de convocatoria

Ayudas/Subvenciones

Fecha convocatoria

19-10-2024

Organo ejecutor

Ayuntamiento de Lorca

Ámbito

Local

Objeto

Regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión y pago de ayudas destinadas a la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP) del municipio de Lorca

Políticas palanca

P1 - Palanca I - Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

Componente

C2 Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana

Inversión

I1 - P1.C2.I1 - Programas de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales

Tipo de beneficiarios

Varios tipos (especificados en la convocatoria). Personas físicas o jurídicas detalladas en el punto 1 de la resolución de convocatoria

Sector económico del beneficiario

Varios Sectores

Sector económico de la ayuda Vivienda
Presentación de solicitudes

Electrónicamente (a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Lorca (https://www.portalciudadano.lorca.es) o Registro Electrónico Común del Estado (https://rec.redsara.es) y de manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Lorca.

Plazo presentación inicio

20-10-2024

Plazo presentación fin

30-04-2025

Actuaciones financiables

Serán subvencionables las actuaciones en los edificios delimitados en el ERRP de uso predominante residencial, en sus viviendas siempre que las intervenciones se planteen sobre la globalidad del edificio, y en las viviendas unifamiliares, con especial atención a la envolvente edificatoria, siempre que se obtenga una reducción de, al menos, un 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable referida a la certificación energética. Las actuaciones elegibles podrán haber sido iniciadas a partir del 1 de febrero. Todo esto con las especificaciones establecidas en el art. 4 de la convocatoria.

Cuantía

Distintas cuantías

Plazo de ejecución

No podrá exceder de doce meses, contados desde la concesión de la ayuda desde la fecha de concesión de la ayuda

Plazo de justificación

Máximo de tres meses desde la finalización de las actuaciones.