Ayudas/Subvenciones
06-06-2022
D.G. de Vivienda
Autonómico
Impulsar la implantación y generalización del Libro del edificio existente, incluidas las viviendas unifamiliares, para edificios de tipología residencial de titularidad pública o privada; así como la redacción de proyectos técnicos para la rehabilitación integral de esos edificios, tanto en ámbitos urbanos como rurales
P1 - Palanca I - Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura
C2 Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana
P1.C2.I1 - Programas de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales
Entidades Economía Social, Entidades sin ánimo de lucro, Particular. a) Las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, titulares de la propiedad o del usufructo de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, incluidas las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles. b) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal. c) Los/as propietarios/as que, de forma agrupada, lo sean de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal. d) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios/as de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil
Vivienda
En la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el código de procedimiento 3781 (https://sede.carm.es)
07-06-2022
31-07-2025
Emisión del libro del edificio o la redacción de proyectos técnicos de rehabilitación integral de los edificios y viviendas
a) Para la elaboración del Libro del edificio existente: 1.º En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 € más 60 € por vivienda. 2.º En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 € más 40 € por vivienda, con una cuantía máxima de subvención de 3.500 €. Si no se dispone de la Inspección Técnica del Edificio, del Informe de Evaluación del Edificio o documento análogo, la ayuda podrá incrementarse hasta en un 50%. b) Para proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios: 1.º En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 4.000 € más 700 € por vivienda. 2.º En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000 € más 300 € por vivienda, con una cuantía máxima de subvención de 30.000 €. 3. La cuantía de la ayuda no podrá superar en ningún caso el coste total de la actuación, excluidos los impuestos
Deberán estar finalizadas el 30 de junio de 2026
Antes del 31 de diciembre de 2026